Una comunidad de propietarios publica la deuda de un vecino en el portal y acaba pagando una multa de 1.000 euros
La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha sancionado a una comunidad por exponer los datos de un vecino en zonas comunes.

La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha impuesto una multa de 1.000 euros a una comunidad de vecinos por hacer pública información confidencial de un residente.
El motivo de la sanción es la exposición, durante ocho meses, del nombre y la deuda económica de este vecino en una vitrina de uso común, accesible tanto para los residentes como para visitantes del edificio.
Según publica el diario Sur, el documento expuesto era el acta de la junta general ordinaria de la comunidad, en la que se incluía el apellido y la inicial del nombre del afectado, junto con la cantidad adeudada. Aunque el acta se encontraba dentro de una vitrina cerrada con llave, estaba colocada en un lugar visible desde el al portal, lo que permitió que cualquier persona que entrara en el edificio pudiera ver dicha información.
La reclamación del vecino ante la AEPD
El vecino, al percatarse de la situación, interpuso una reclamación ante la AEPD por considerar vulnerado su derecho a la protección de datos personales. Dos años más tarde, el organismo regulador le ha dado la razón.
En la resolución, la AEPD concluye que la comunidad de propietarios vulneró la normativa vigente al no proteger adecuadamente datos personales sensibles, incumpliendo su deber de confidencialidad. Además del afectado, se vieron comprometidos los datos de otros 11 vecinos, incluyendo nombre, apellidos, dirección postal y deudas asociadas.
La resolución también señala que el vecino intentó en varias ocasiones, sin éxito, que la comunidad subsanara la situación. Primero, a través de una solicitud directa; más tarde, mediante el envío de cartas certificadas los días 11 y 12 de diciembre de 2024. Al no recibir respuesta, ni recoger la comunidad dichas notificaciones en la oficina postal, la AEPD procedió a publicar el aviso en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el 27 de diciembre del mismo año.
Cuatro meses después, el organismo abrió el procedimiento sancionador. Ante la falta de alegaciones por parte de la comunidad dentro del plazo estipulado, la resolución ha sido considerada definitiva al contener una declaración clara sobre la responsabilidad de los hechos.
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