Sociedad

Le pillan mirando datos bancarios de los clientes de Sabadell tras 20 años trabajando y le sale caro: declaran despido procedente

En la empresa desde el año 2000, el empleado realizó consultas de ficheros de morosidad sin autorización y retrocesiones de comisiones en favor de un amigo por valor de más de 100 euros.

En la empresa desde el año 2000, el empleado realizó consultas de ficheros de morosidad sin autorización y retrocesiones de comisiones en favor de un amigo por valor de más de 100 euros.
Banco Sabadell
Actualizado a

El Tribunal Supremo ha declarado procedente el despido de un trabajador del Banco Sabadell que realizó consultas sin autorización de ficheros de morosidad de varios clientes. Director de pyme en una de las oficinas de la entidad, el empleado también realizó retrocesiones de comisiones en favor de un amigo suyo, que ni siquiera figuraba como cliente de la oficina.

Los hechos ocurrieron en agosto de 2020. El trabajador, empleado desde el año 2000 por la entidad, recibió su despido disciplinario por infracciones muy graves dentro de su puesto de trabajo, recogido en el artículo 69.1 del convenio colectivo.

De acuerdo con el banco Sabadell, el empleado había realizado diversas consultas de ficheros de morosidad sin causa justificada, afectando a cuatro personas físicas y una jurídica. Una infracción agravada tras la queja de una de las personas consultadas, que exigió una compensación por el daño ocasionado.

A su vez, el trabajador hizo sin autorización distintas retrocesiones de comisiones en favor de un amigo suyo que no era siquiera cliente de la oficina en la que trabajaba, por valor de 133,80 euros.

Al ser preguntado, alegó que las consultas de ficheros de morosidad habían sido realizadas con fines comerciales, y aseguro que la retrocesión de comisiones fue realizada por mandato de su amigo, que se encontraba en una situación financiera crítica.

Sin embargo, Sabadell consideró los hechos como graves y constitutivos de transgresión del contrato, abuso de confianza y fraude en las gestiones encomendadas, por lo que decidió presentar el despido disciplinario al actor de los hechos.

Resolución judicial

Tras serle comunicado el despido, el trabajador presentó una denuncia contra la entidad, pero fue desestimada por el Juzgado de los Social número 1, que reconoció la procedencia del despido.

Tras elevarlo al Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, el tribunal declaró que el despido era improcedente al no considerar que existió un fraude deliberado en las acciones del trabajador, y obligó al Sabadell a reitir al despedido o, en su defecto, indemnizarle.

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Una disputa jurídica resuelta por el Tribunal Supremo de Justicia, que ha dado la razón al Sabadell. De acuerdo con el fallo, las acciones del empleado sí representan una clara violación de la confianza y la buena fe de la empresa, y pueden ser consideradas como muy graves, por lo que el despido es procedente.

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