Campaña Renta 2024-2025

El aviso de Hacienda a estos españoles si no declaran este tipo de ingresos considerados donación en la Renta

Los regalos de boda deben declararse en la Renta al ser considerados como cualquier otra donación, tanto si es un bien entregado, como si es monetario.

El aviso de Hacienda a estos españoles si no declaran este tipo de ingresos considerados donación en la Renta
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Alejandro Cañas
Redactor de Actualidad desde octubre de 2021 hasta hoy. Entró en Diario AS en 2019 como becario. Graduado en Periodismo por la Universidad Complutense.
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Las bodas son uno de los acontecimientos más importantes en la vida de muchas personas. Tanto en lo que respecta en el plano emocional, como también en el aspecto económico, dado su elevado coste.

Además de la vestimenta de los novios, se incluye también el coste de los propios invitados, y el gasto en la decoración, fotógrafo, el banquete o los servicios de maquillaje y peluquería, dado que marcan el precio final del evento matrimonial. Otro elemento a tener en cuenta en las bodas, aunque puedan pasar desapercibidos, son los regalos.

Por ley, estos objetos deben declararse al considerarse por la Agencia Tributaria como cualquier otra donación. El presidente de AGESFI, Víctor Rafael Chazarra Gil, expuso a BBVA que deben declararse “tanto si son monetarios, como un bien entregado”.

Lo más común en estos casos es presentar una declaración del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones. Sin embargo, el experto añade que existe la posibilidad de que el dinero y los bienes tributen por el IRPF en la Declaración de la Renta “como premios o ganancias patrimoniales”.

Cómo se tributa

Sobre cómo deben tributarse, la coordinadora académica del Grado en Finanzas y Contabilidad de la Universidad Internacional de La Rioja (UNIR), Esmeralda Gómez López, destacó en BBVA que “se debe presentar una autoliquidación del impuesto” al fisco.

El modelo que hay que presentar es el 651, del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones. En él, se detalla el valor del regalo y la relación entre donante y receptor. Otro aspecto importante es el momento en el los novios reciben ese regalo o donación.

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Si se recibe antes del enlace matrimonial, se asigna al cónyuge que lo recibe o al que se ha realizado la donación. Mientras, si se efectúa la donación o el regalo después del matrimonio, dependerá del régimen, ya sea en separación de bienes o matrimonio con bienes gananciales. En este último caso, puede ser asignado a los dos.

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